Los Jubilados y Pensionados propietarios de inmuebles pertenecientes a la planta urbana edificada podrán tramitar la exención por alguno de los procedimientos que se describen a continuación.
Importante:
- Para acceder a estos trámites en línea se deberá contar con Clave de Identificación Tributaria (CIT).
Obtengala aquí. - Los datos consignados en la solicitud revisten el carácter de Declaración Jurada.
Procedimiento abreviado por Internet
Cuando la valuación fiscal total no supere la suma de $100.000.