Los Jubilados y Pensionados propietarios de inmuebles pertenecientes a la planta urbana edificada podrán tramitar la exención por alguno de los procedimientos que se describen a continuación.

Importante:

  • Para acceder a estos trámites en línea se deberá contar con Clave de Identificación Tributaria (CIT).
    Obtengala aquí
    .
  • Los datos consignados en la solicitud revisten el carácter de Declaración Jurada.

 

Procedimiento abreviado por Internet

Cuando la valuación fiscal total no supere la suma de $100.000.

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