A partir de su publicación en el Boletín Oficial, Las provincias de Jujuy, Corrientes, Neuquén, Mendoza y La pampa declararon, en el día de la fecha 29/06/2016, su estado de emergencia y/o desastre agropecuario.

A los efectos de poder acogerse a los beneficios que acuerda la Ley N° 26.509, conforme con lo establecido por su Artículo 8°, los productores afectados deberán presentar certificado extendido por la autoridad competente de la provincia, en el que conste que sus predios o explotaciones se encuentran comprendidos en los casos previstos en dicho artículo. El Gobierno Provincial remitirá a la Secretaría Técnica Ejecutiva de la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios el listado de los productores afectados, acompañando copia del certificado de emergencia emitido por la autoridad competente de cada provincia.

Tanto las instituciones bancarias nacionales, oficiales o mixtas como ésta Administración arbitraremos los medios necesarios para que los productores agropecuarios comprendidos en este estado de emergencia agropecuaria gocen de los beneficios previstos en los Artículos 22 y 23 de la Ley Nº 26.509.

Referencias Normativas:

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