Se actualizaron los montos del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período 2018.
Esta Administración Federal, establece para los ciudadanos de existencia visible los siguientes valores destinados a deducirlos de sus ganancias netas:
- En concepto de ganancia no imponible, la suma de $66.917,91, siempre que las personas que sean residentes en el país.
- En concepto de cargas de familia, siempre que las personas sean residentes en el país, estén a cargo del contribuyente y no tengan en el año ingresos netos superiores a $66.917,91, cualquiera sea su origen y estén o no sujetas al impuesto:
- Cónyuge $62.385,20 anuales.
- Cada hijo, hija, hijastro o hijastra menor de 18 años o incapacitado para el trabajo $31.461,09 anuales.
Esta deducción sólo podrá efectuarla el pariente más cercano que tenga ganancias imponibles.
- En concepto de deducción especial, hasta la suma de $66.917,91.
CONCEPTO DEDUCIBLE | IMPORTE DE LA DEDUCCIÓN $ |
Ganancias no imponibles (Artículo 23, inciso a)) | 66.917,91 |
Cargas de familia (Artículo 23, inciso b)) | |
1. Cónyuge: | 62.385,20 |
2. Hijo: | 31.461,09 |
Deducción Especial (*) | 66.917,91 |
(*) Artículo 23 inciso c), cuando se trate de ganancias netas comprendidas en el artículo 49, siempre que trabajen personalmente en la actividad o empresa y de ganancias netas incluidas en el artículo 79.